Las SICAVs son un instrumento jurídico-financiero que, aunque surgieron con la intención de fomentar la inversión colectiva en España, han sido desnaturalizadas y utilizadas mayoritariamente por grandes patrimonios para optimizar su fiscalidad y canalizar su riqueza al exterior
¿Qué es una Sociedad de Inversión de Capital Variable (SICAV)?
Una Sociedad de Inversión de Capital Variable (SICAV) es una Institución de Inversión Colectiva (IIC) diseñada para captar capital de múltiples inversores y gestionarlo de forma conjunta. Su característica principal es la flexibilidad en su capital social, que varía en función de las suscripciones y reembolsos de los accionistas, ajustándose al valor de los activos gestionados.
Este vehículo financiero fue introducido en España en 1983, durante el Gobierno de Felipe González, con el pretexto de retener capitales nacionales y evitar la fuga de patrimonios al extranjero. Sin embargo, la realidad y evolución posterior de las SICAV ha dejado claro su verdadero propósito y utilización.
¿Qué es una SICAV para tontos?
Una SICAV (Sociedad de Inversión de Capital Variable) es, básicamente, un chiringuito legal para ricos donde pueden meter su dinero, moverlo, invertirlo y, lo más importante, pagar muy pocos impuestos.
Imagina un club privado de millonarios. En este club:
Todos ponen dinero en común.
Ese dinero se invierte en bolsa, bonos, empresas, etc.
Si ganan dinero, sólo pagan un 1% de impuestos (cuando tú, por cualquier ganancia, pagas mínimo un 19% o más).
Pueden entrar y salir fácilmente del club, porque su capital es «variable», sube o baja según quien entre o salga.
Ahora bien, para que una SICAV exista, la ley dice que tiene que haber al menos 100 accionistas y un capital mínimo de 2,4 millones de euros. Pero aquí viene el truco:
Los verdaderos dueños ponen casi todo el dinero.
Los otros 99 accionistas son, muchas veces, empleados, familiares o incluso el chófer, la asistenta o el jardinero del dueño. Solo figuran ahí para que la SICAV cumpla la ley, pero no tienen peso real.
¿Para qué sirve entonces?
Para que los grandes patrimonios puedan esquivar impuestos de forma legal y, encima, que no tengan que mandar su dinero a paraísos fiscales. La SICAV es como un paraíso fiscal made in Spain.
¿Quién las controla?
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), pero el control es muy laxo. De hecho, muchos de los que deberían vigilarlas… ¡también tenían SICAVs! Te lo contamos más abajo. Sigue leyendo.
¿Qué hay de malo?
Lo criticable es que el resto de los ciudadanos pagamos impuestos muy superiores por nuestros ahorros o inversiones, mientras que los multimillonarios han usado este truco fiscal durante años para pagar el 1% y seguir acumulando riqueza.
En resumen, para tontos: una SICAV es una sociedad que parece colectiva, pero que, en realidad, usan los ricos para pagar menos impuestos legalmente.
Características principales de las SICAV
- Capital Variable: A diferencia de las sociedades mercantiles tradicionales, el capital de las SICAV fluctúa, reflejando el valor real de los activos gestionados.
- Diversificación del Riesgo: Están obligadas a diversificar su cartera, invirtiendo en valores mobiliarios como acciones y bonos.
- Personalidad Jurídica: En España, las SICAV tienen la forma jurídica de sociedad anónima.
- Gestión y Control: Disponen de un Consejo de Administración que, en la práctica, suele estar controlado por la familia o grupo titular del capital principal.
Regulación de las SICAVs en España
Las SICAV en España están reguladas por la Ley 35/2003, de Instituciones de Inversión Colectiva, y son supervisadas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Requisitos para constituir una SICAV
- Número mínimo de accionistas: 100 accionistas. No obstante, la práctica habitual ha sido la inclusión de los llamados mariachis, accionistas nominales con mínima participación económica, utilizados para cumplir formalmente con este requisito.
- Capital social mínimo: 2.400.000 euros.
- Diversificación de las inversiones: No pueden invertir más del 5% de su activo en valores de una sola entidad, ampliable al 10% bajo ciertas condiciones y hasta un máximo del 40% del total.
Cómo invertir en una SICAV
Invertir en una SICAV requiere convertirse en accionista de la sociedad, adquiriendo acciones que representan una parte proporcional del patrimonio gestionado. No obstante, dada la naturaleza cerrada de muchas SICAVs, cuyo capital está concentrado en manos de un grupo reducido, el acceso para pequeños inversores suele ser limitado.
Consolidación de las SICAV
El PSOE usó desde siempre la política social para desviar la atención de problemas importantes en el área de la política económica. Si cambias el foco de atención hacia tu mano izquierda, la gente no ve lo que hace tu mano derecha.
Por aquél entonces había dos problemas que eran la comidilla de las calles, uno era la fiscalización de las SICAV y otro era el concerniente al grupo LGTB (de aquella no tenía la I).
Como ya hemos comentado, desde 1983 las SICAV estaban pagando por el 1%, eludiendo así el pago del 34% restante, que deberían de estar pagando en aquél entonces.
Parecía que ahora la presión social era fuerte y haría que las SICAV dejaran de existir como paraíso fiscal y empezarían a tributar por el impuesto de sociedades actual, o sea, entre el 20 y 25% como cualquier otra sociedad.
El PSOE siempre fue un partido prestidigitador y desvió la atención hacia el matrimonio entre homosexuales y lesbianas. La élite de poder puso su maquinaria a funcionar y todos los medios de comunicación coparon la mayoría de su tiempo con el derecho que el colectivo LGTB estaba a punto de adquirir.
El jueves, 30 de junio de 2005, el Parlamente aprovechó el revuelo social premeditadamente creado. En la sesión parlamentaria, empezaron aprobando una modificación del Código Civil que permitía el matrimonio entre personas del mismo sexo. La población sólo estaba pendiente de eso.
Sin embargo, nuestros maravillosos políticos aprovecharon para sacar también adelante una enmienda que había propuesto Convergència i Unió (sucesores de Jordi Pujol). Se trataba de una modificación en el Proyecto de Ley de Reformas Tributarias para el Impulso de la Productividad.
Dicho así suena muy bonito, es como la definición que nos daba internet sobre el motivo por el que, de aquella, Felipe González y los suyos habían creado las SICAV.
Realmente, esta enmienda pretendía la desvinculación del control y fiscalización de las SICAV por parte de la Agencia Tributaria, para que fuera la CNMV la que decidiera sobre la tributación de las SICAV.
Todos los grupos acabarían votando a favor de esta enmienda. Solo hubo un partido que se opuso, de aquella IU.
Darle a la CNMV el control de las SICAV es como poner una bomba en manos de un terrorista.
Supervisión de las SICAVs por la CNMV
Desde 2005, tras la reforma impulsada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, el control de las SICAV fue trasladado de la Agencia Tributaria a la CNMV, eliminando el control fiscal directo. Esta medida consolidó el modelo fiscal favorable a estas sociedades, permitiéndoles tributar al 1% en el Impuesto sobre Sociedades.
Fiscalidad de las SICAVs
Las SICAV disfrutan de un régimen fiscal altamente beneficioso:
Tributan al 1% en el Impuesto sobre Sociedades, frente al tipo general que oscila entre el 20% y el 25%. Este trato fiscal, similar al de los fondos de inversión colectiva, permite un diferimiento fiscal hasta que los inversores decidan retirar sus beneficios.
Sin embargo, este tratamiento ha sido objeto de fuertes críticas al entenderse que las grandes fortunas utilizan las SICAV como un instrumento de evasión fiscal legalizada, acumulando patrimonio sin tributar de manera proporcional al resto de los contribuyentes.
Ventajas de las SICAVs
- Flexibilidad de capital: Se pueden emitir o amortizar acciones de manera continua.
- Diversificación: Inversión en carteras diversificadas, reduciendo riesgos.
- Fiscalidad favorable: Tributación al 1%, facilitando la acumulación de beneficios sin apenas carga impositiva.
- Gestión personalizada: Al tener personalidad jurídica, la gestión puede adaptarse a los intereses de los accionistas mayoritarios.
Críticas a las SICAVs
Las SICAV han sido objeto de críticas contundentes tanto desde ámbitos sociales como económicos:
- Uso abusivo por grandes patrimonios: En la práctica, son utilizadas por grandes fortunas para minimizar la carga fiscal, convirtiéndose en un refugio fiscal interno.
- Manipulación de los requisitos legales: La inclusión de «mariachis» para alcanzar el mínimo de 100 accionistas es una práctica generalizada que vacía de contenido el requisito de inversión colectiva.
- Desvinculación de la Agencia Tributaria: El traslado de la supervisión a la CNMV eliminó un control fiscal efectivo, lo que consolidó el estatus privilegiado de estas sociedades.
- Inversión en el extranjero: A pesar de haberse promovido como instrumento para canalizar el ahorro nacional hacia la economía española, el 78% del patrimonio de las SICAV está actualmente invertido fuera de España.
- Opacidad y connivencia política: Durante años, altos cargos de organismos de control, como la CNMV y Hacienda, han sido usuarios directos de SICAVs, lo que plantea serias dudas sobre la imparcialidad y rigor en su supervisión.
Ejemplos de SICAV españolas
Entre los usuarios de las SICAV está el propio Carlos Arenillas vicepresidente de la CNMV, órgano que en realidad debería de perseguirlas. También su esposa Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo. No nos olvidemos de David Vergara, Secretario de Estado de Economía. O sea, los que están al mando de los órganos de control usan y se benefician de la estafa de fórmulas empresariales a las que deberían de sancionar por ilegales.
Es obvio que no se están tomando medidas para minimizar su contingente, al contrario, se potencian. En España existen aproximadamente 5.000 SICAVs. Algunas de las más conocidas por su volumen patrimonial son:
- Torrenova Inversiones SICAV: 962 millones de euros.
- Morinvest SICAV: 518 millones.
- Allocation SICAV: 404 millones.
- Gesprisa Inversiones SICAV: 379 millones.
- Cartera Bellver SICAV: 368 millones.
- Chart Inversiones SICAV: 360 millones.
- Herprisa Inversiones SICAV: 349 millones.
- Swift Inversiones SICAV: 339 millones.
- Soandres de Activos SICAV: 311 millones.
- Soixa SICAV: 279 millones.
Estas cifras evidencian el impacto económico que este instrumento sigue teniendo en España y refutan la idea de que las SICAV estén en vías de extinción.
Diferencias entre SICAV y fondos de inversión colectiva
Característica | SICAV | Fondo de Inversión Colectiva |
Personalidad jurídica | Sociedad anónima | No tiene personalidad jurídica propia |
Capital mínimo | 2.400.000 € | 3.000.000 € |
Techo de patrimonio | Máximo 10 veces su capital inicial | Sin límite |
Gestión | Consejo de Administración propio | Gestión delegada a una gestora |
Fiscalidad | Tributan al 1% en el Impuesto de Sociedades | Tributan al 1%, pero con normativa distinta |
Supervisión | CNMV | CNMV |
Ambos instrumentos están regulados por la Ley 35/2003 de Instituciones de Inversión Colectiva, pero las SICAV han sido utilizadas históricamente con fines distintos a los originalmente declarados.